MI NUEVA NOVELA

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miércoles, 5 de noviembre de 2014

Algunos apuntes sobre eutanasia

José Antonio Herrera Márquez
EUTANASIA.
Empezaremos con algunas definiciones:

-Eutanasia activa o directa. Hay tres tipos: voluntaria, no-voluntaria y suicidio profesionalmente asistido. Vamos a pasar a aclarar cada tipo:

     - Voluntaria: enfermos con lucidez mental que solicitan que se les mate para liberarse de sus sufrimientos físicos o morales porque los consideran insoportables.
     - No-voluntaria: enfermos que por cualquier razón no pueden dar su consentimiento. Aquí se incluyen: ancianos o mentalmente incapaces; recién nacidos con alguna tara.
     - Suicidio profesionalmente asistido: es el enfermo el que se quita la vida a sí mismo, pero tomando un tratamiento que le da el médico.

-Eutanasia pasiva: suprimir el tratamiento necesario para mantener la vida. Para aclarar este punto se separan tres posibilidades:

    - La decisión de interrumpir un tratamiento que no sirve para que el enfermo mejore.
    - La decisión de no iniciar un tratamiento que se supone que no va a servir para mejorar al enfermo.
    - La utilización de medios agresivos en casos extremos para aliviar el dolor y los sufrimientos aunque puedan acortar la vida.  


Quiero empezar a tratar el tema de la eutanasia a partir de un caso real que se ha dado en España. El caso es el de Inmaculada Echevarría que era una enferma de distrofia muscular progresiva, que decidió que quería ser desconectada del respirador que la mantenía con vida. Al final, la desconectaron y murió sin dolor ninguno. Este me parece un buen punto para empezar a hablar de eutanasia. Este es un caso de suspensión del tratamiento que acarrea la muerte, yo personalmente en estos casos en los que el enfermo no tiene ninguna esperanza de mejorar su penosa situación y decide que le suspendan el tratamiento estoy completamente de acuerdo. No encuentro razón alguna para situarme en contra de esto, pues creo que si yo me encontrara en esa situación y decidiera que quiero que me desconecten, se debería respetar mi decisión.

En la ley sobre Tratamientos Médicos de 1988 se dice que la persona es libre para admitir o rechazar un tratamiento que no sirva para curarle, incluso cuando éste resulte imprescindible para mantenerle con vida, ya que se considera que son tratamientos para retardar la muerte. Por ello no creo que el caso de Inmaculada Echevarría suponga ningún problema legal, aunque haya levantado tanto revuelo mediático.

Ahora nos sale al paso otro tema controvertido que no podemos ignorar hablando de eutanasia: el suicidio. Me declaro a favor del suicidio, creo en la libertad de cada cual de decidir en qué momento no quiere continuar viviendo. No pienso que nadie tenga derecho a mandar sobre la vida de otros y decidir que el suicidio no debe permitirse.

Voy a exponer claramente mi postura. Primero me declaro a favor del suicidio y pienso que nadie más que uno mismo debe mandar sobre su vida, nadie debe quitarme la vida ni obligarme a persistir en ella. En segundo lugar, en los casos de suspensión del tratamiento creo que se debe respetar la decisión del enfermo, incluso si el tratamiento puede curarle y la suspensión del mismo le provocaría la muerte. Cada cual es libre para decidir si quiere continuar con un tratamiento o no. En los casos en los que el enfermo puede decidirlo estoy totalmente a favor. Por supuesto no creo que ningún médico deba estar obligado a ayudar al enfermo a morir, nadie puede obligar a un individuo a participar en la muerte de otro si él no lo desea. Pero siempre habrá algún médico dispuesto a llevar esa tarea a cabo. En tercer lugar, en los casos en los que el enfermo no puede decidir, me declaro totalmente en contra, no creo que ningún familiar del enfermo deba tener derecho a decidir que desconecten al enfermo. Como he expuesto antes  no creo que nadie deba decidir sobre la vida de otro, por tanto en casos de enfermos que no pueden decidir, incluso si el tratamiento es solo para retrasar la muerte y no hay cura alguna, me parece que no es correcto desconectar al enfermo. En todos los casos en los que el enfermo no pueda decidir, estoy totalmente en contra de l eutanasia.

Por tanto, tan sólo me opongo a la eutanasia no-voluntaria.

-LA PENDIENTE RESBALADIZA.

Hay un argumento que se llama la pendiente resbaladiza que dice que si empezamos a liberalizar prácticas eutanásicas aunque sean de manera muy reducida, terminamos siguiendo un esquema en el que se pierden los requisitos iniciales. El esquema que nos proponen es el siguiente:

A-     Plena voluntariedad, enfermedad terminal, dolores insoportables.
B-      Casos no voluntarios e involuntarios: ancianos dementes, enfermos con perturbaciones mentales.
C-      Enfermos incurables no terminales, o con enfermedades curables.
D-     Sufrimiento psicológico, pérdida de autonomía, sentimiento de ser una carga.
E-      Se produce un retraso en el desarrollo de la medicina paliativa
F-      Se legaliza la eutanasia activa voluntaria o viceversa.

Este argumento, lo intentan defender poniéndonos ejemplos en los que se podría decir que ha ocurrido esto, como son el caso de Oregón, Bélgica y Holanda. Yo, personalmente, no estoy de acuerdo con este argumento, no creo que ese esquema se cumpla siempre, ni creo que sea una derivación lógica, simplemente creo que en esos casos ha sido así, pero no siempre ha de ser así. Aunque desde luego está claro que en estos tres casos se les ha ido de las manos porque han seguido más o menos ese esquema, no creo que esto deba ser así siempre.

Ahora vamos a analizar los tres casos que usan para defender este argumento.


-PENDIENTE RESBALADIZA EN OREGÓN.

-          El requisito de la plena voluntariedad se considera que se da cuando es una decisión voluntaria y libre, en ausencia de presiones externas. Pero hay distintos aspectos que afectan a la plena voluntariedad, como pueden ser: presiones económicas, actuación del médico, presiones familiares, y trastornos mentales. Algunas personas aducen el motivo económico para suicidarse y aun así se ha llevado a cabo el proceso. Respecto a la actuación del médico, tanto el médico tratante como el médico consultor deben confirmar que el paciente es capaz, que su petición es voluntaria, y que no sufre depresión u otra enfermedad que lo incapacite; además, el paciente debe tener un pronóstico de vida no superior a seis meses. En algunos casos no se cumplen estos requisitos: hubo casos en que no se acudió a una evaluación psiquiátrica indicada, casos en los que no está clara la independencia, casos en los que no se pronosticó el tiempo de vida, etc. En cuanto a las presiones familiares, debemos decir que 74 pacientes aducen como motivo para suicidarse el temor a ser una carga para los demás. En cuanto a las enfermedades mentales, sólo 32 pacientes de 325 fueron enviados al psiquiatra para evaluar su grado de capacidad, y por tanto su plena voluntariedad.
-          El requisito de enfermedad en fase terminal. En varios casos el pronóstico de vida fue superior a los seis meses que marca la ley, pues incluso hubo casos en los que el enfermo se suicidó con un medicamento recetado un año antes.
-          El requisito de dolor insoportable. La ley de Oregón ni siquiera exige este requisito.
-          Se producirá un retraso en el desarrollo de la medicina paliativa y del tratamiento del dolor. Con los datos que se tienen no se puede decir que se haya descendido a este nivel.
-          El paso del suicidio asistido a la eutanasia activa. Hay casos en los que se permite que los pacientes incapaces que no se puedan suicidar ellos mismos, puedan recibir la ayuda necesaria.

-PENDIENTE RESBALADIZA EN BÉLGICA.

-          La ley de la eutanasia en Bélgica exige que el paciente sea mayor de edad, capaz y consciente en el momento de su petición. La petición debe ser voluntaria, meditada y reiterada, y no debe surgir como resultado de presiones externas.
-          El requisito de la plena voluntariedad. En 14 declaraciones de eutanasia no hubo declaración escrita por parte del paciente.
-          El requisito de enfermedad en fase terminal. Ya desde el momento de la legalización se verificó el descenso al nivel C de la PR, pues la ley no está restringida a los pacientes terminales.
-          El requisito de dolor insoportable. Ya desde el punto de partida se verifica el descenso al nivel D de la PR, pues la ley permite la eutanasia por sufrimiento psíquico. Además se aplica la muerte a pacientes con dolor controlado pero que la solicitan por otros motivos.
-          Retraso en el desarrollo de la medicina paliativa. En Bélgica no se da el retraso, sino que en estos años se ha producido un aumento de la medicina paliativa en Bélgica.
-          Ampliación de la ley e impunidad de los transgresores. Todavía no ha habido ampliaciones de la ley, pero ya hay propuestas.

-PENDIENTE RESBALADIZA EN HOLANDA.

-          Requisito de plena voluntariedad. Al estudiar el caso holandés se aprecia que, tanto las Cortes judiciales como la Real Sociedad Médica, en casos de pacientes que sufren depresión, demencia u otra enfermedad psíquica, aceptan que se les aplique la eutanasia. Lo mismo ocurre con recién nacidos minusválidos o pacientes en coma, que claramente no pueden expresar su voluntad: para acabar con sus vidas basta que el doctor y/o la familia opinen que el sufrimiento es insoportable y pongan en duda la eficacia de los tratamientos.
-          Requisito de condición de enfermo terminal. Este requisito no es exigido ya, sólo lo era al principio.
-          Requisito de padecer dolores insoportables. Se aplica la eutanasia a personas que la solicitan por otros motivos diferentes al sufrimiento.
-          Se deduce que se ha permitido la eliminación de pacientes incapaces, no se han desarrollado mecanismos que puedan evitar las presiones, y existe una práctica extendida de eutanasia involuntaria que ha provocado desconfianza y deterioro de la convivencia.
-          Se ha permitido la eliminación de enfermos incurables pero que no se encontraban todavía en estado terminal, se ha permitido la eutanasia de los que no están en situación irreversible, y se ha llevado a cabo la supresión de pacientes con enfermedades que se pueden curar.

-          La práctica de la eutanasia ha producido en Holanda un retraso considerable de la aplicación de los cuidados paliativos, con relación a sus vecinos europeos. 

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